miércoles, 15 de agosto de 2007

Contrato de Servicio




CONTRATO DE SERVICIO.





El contrato es una convención entre dos o mas personas para constituir reglar transmitir, modificar o distinguir entre ellas un vínculo jurídico. (Art. 1133 del código civil).



CONTRATO MERCANTIL.

Serán validos y producirán obligación y acción en juicio, los contratos mercantiles, cualesquiera sean la forma y el idioma en que se celebren, la clase y la cantidad que tengan por objeto con tal que conste su existencia por alguno de los medios que el derecho civil tenga establecido.



CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS MERCANTILES:
  • Es instrumento jurídico.


  • Es regulado por el código civil y el código de comercio.


  • Tiene libertad de forma aunque el estado obliga a realizar numerosas operaciones con arreglo a forma rígidamente preestablecida, con la intención de protegerle interés del público general.


  • Debe expresar el día, mes y año



ELEMENTOS ESCENCIALES.

Son los que debe tener todo acto jurídico para hacer contrato, de manera que la ausencia de estos elementos impide que haya contrato.

Estos elementos son:
El consentimiento.
El objeto.

ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL CONTRATO.

El contrato debe tener estos elementos para no estar afectado de nulidad, de manera que la falta de uno de estos hace que el mismo en cuestión resulte privado de efectos jurídicos.

Estos elementos son:
Capacidad
Ausencia de los vicios del consentimiento:
-El dolo.
-El error.

CONTRATO DE SERVICIOS.

Es un contrato por el cual una persona pone su actividad y sus talentos profesionales al servicio de otra persona por un tiempo determinado o indeterminado.

CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO.

Pueden firmar el contrato:
Mayores de 18 años.
Menores de 18 años legalmente emancipados.
















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