miércoles, 15 de agosto de 2007

Bolsa de Valores



BOLSA DE VALORES.
Es el lugar donde se realizan simultáneamente, múltiples transacciones que se cumplen indirectamente a trabes de intermediarios “corredores de bolsa”



CORREDORES DE BOLSA:
Son agentes o comisionistas, sociedades de corretaje de valores y casas de bolsa, de acuerdo a la denominación que reciben en las leyes de cada país, quienes hacen su labor a cambio de una comisión.

NATURALEZA JURIDICA:
Se rige por la ley de mercados capitales y en nuestro país, además, por el código de comercio.

Según la primera ley, es obligatorio que la bolsa adopte forma de sociedad anónima (C.A) considerada como Institución abierta al público.

FUNCIONES DE LA BOLSA DE VALORES:
ECONOMICAS:

Suministra información financiera sobre las empresas: fija el valor de las acciones y asigna un precio al dinero por medio de la cotización de los valores y rentas fijas.
-Conduce al ahorro de los particulares hacia empresas que emiten títulos para captar fondos.
-Prevé liquidez a los inversionistas en títulos valores.

SOCIALES:
Es uno de los instrumentos de mayor importancia en el proceso de difusión de la propiedad accionaría denominada “democratización del capital”.
La democratización se logra por medio del fortalecimiento de la libertad económica, de la privatización de la actividad empresarial y de los estímulos de confianza para que el público coloque parte de sus ahorros en las empresas.

JURIDICAS:

A las bolsas de valores les ha sido asignada tradicionalmente las funciones de determinar las cotizaciones, establecer el régimen de la contratación bursátil y regular la actividad de los corredores de bolsa.


LEY DE MERCADO CAPITALES:
Es la que regula la oferta pública de valores, cualquiera que estos sean, estableciendo a tal fin los principios de organización y funcionamiento, las normas rectoras de la actividad de cuantos sujetos y entidades intervienen en ellos y su régimen de control.

MIEMBROS:
Art. 89 ley de mercado capitales.
“Solo podrán ser miembros de una bolsa de valores las personas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
Que estén autorizados para ejercer la actividad de corredores públicos de valores por la comisión Nacional de Valores.
Que otorguen garantía real o personal a satisfacción de la junta directiva de la bolsa de valores, hasta por la cantidad que señale el Reglamento Interno, que no será inferior a cincuenta mil unidades tributarias (50.000).

OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS:
Cumplir las normas internas de la bolsa, axial como observar los usos y costumbres en vigor en la bolsa de valores respectivamente.
Permitir la inspección de sus libros por los funcionarios de la comisión Nacional de Valores.
Presentar semestralmente a la comisión Nacional de Valores y a las juntas directivas de las bolsas de valores, el estado de resultados y cambiasen su situación financiera.


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